Tipos de despido
Despido disciplinario
Se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Debe comunicarse por escrito, con los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Si se declara procedente no genera indemnización, por eso es esencial revisar si la causa está realmente acreditada.
Despido objetivo
Se fundamenta en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en otras previstas en la ley. Exige comunicación escrita, preaviso y la puesta a disposición de una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Despido improcedente
Es la calificación que corresponde cuando la empresa no acredita la causa o no cumple los requisitos formales. La empresa puede optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización legal (33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, con reglas específicas para la antigüedad anterior a febrero de 2012).
Despido nulo
Se produce, entre otros supuestos, cuando el despido es discriminatorio, vulnera derechos fundamentales o afecta a personas especialmente protegidas, como trabajadoras embarazadas o quienes disfrutan de permisos de conciliación. Supone la readmisión inmediata y el abono de los salarios dejados de percibir.
La calificación final la determina el acuerdo entre las partes o el juzgado. Cada caso es distinto y no todos los despidos generan indemnización.


